Generalmente, ciudadanos norteamericanos (USC) y
residentes permanentes legítimos (LPRs) registran una petición de visa en
la Oficina
de Servicios de
Ciudadanía e Inmigración (BCIS) en nombre del cónyuge o hijo, para que los
integrantes de la familia puedan emigrar o permanecer en los Estados
Unidos.La petición de un pariente
extranjero es registrada por un USC/LPR, el peticionante, en nombre del integrante familiar que es el
beneficiario.El peticionante controla
si la petición ha sido registrada y cuándo.Desafortunadamente, algunos ciudadanos norteamericanos y LPRs aprovechan
su control para abusar de los integrantes de su familia o amenazan con
denunciarlos ante
la
BCIS.Como
consecuencia, la mayoría de los inmigrantes maltratados tienen miedo de
denunciar el abuso a la policía u otras autoridades.
Conforme con
la Ley
de Violencia Contra
la Mujer
(VAWA) aprobada por el
congreso en 1994, los cónyuges e hijos de ciudadanos norteamericanos y
residentes permanentes legítimos (LPR) podrán realizar la petición propia a fin
de obtener la residencia permanente legítima.Las disposiciones de
la
VAWA
permiten a determinados inmigrantes maltratados
registrar su inmigración sin la asistencia o conocimiento del abusador, para su
seguridad e independencia.Las víctimas
de violencia familiar deben saber que pueden obtener ayuda de
la Línea Nacional
de
Violencia Familiar en el 1-800-799-7233 ó 1-800-787-3224 (TDD) para información
acerca de refugios, asistencia médica, asistencia legal y otro tipo de
asistencia, como información sobre la petición propia para el estado de
inmigración.
¿Cuál es el fundamento legal?
La
Ley
de Inmigración y Nacionalidad (INA) es aquella que regula
la inmigración en los Estados Unidos.La
normas de
la Ley
de Violencia Contra
la Mujer
(VAWA) sobre la inmigración están codificadas en la sección 204(a) de
la
INALas
normas publicadas en el Registro Federal establecen los requisitos y
procedimientos para registrar una petición propia conforme a las disposiciones
de
la VAWA.Estas
normas pueden
encontrarse en el Código de Regulaciones Federales en 8 CFR § 204.La
Ley
de Protección de Mujeres Inmigrantes Maltratadas del 2000
(BIWPA) significó una enmienda importante para la sección 204(a) de
la INA.
Hay
muchas leyes de inmigración que pueden resultar en la negación de esta visa
si no es preparada correctamente. Si la petición está echa
correctamente y profesionalmente por una firma calificada, las oportunidades
de que sea aprobada aumentan.
¿Quiénes reúnen los requisitos?
Para reunir los requisitos para registrar una
petición propia (una solicitud que usted registra para obtener beneficios de inmigración)
debe calificar bajo una de las siguientes categorías:
Cónyuge: usted podrá registrar una petición
propia si es un cónyuge maltratado, casado con un ciudadano norteamericano o
con un residente permanente legítimo.Los hijos solteros menores de 21 años, que no han registrado su petición
propia podrán ser incluidos en su petición como beneficiarios derivados.
Pariente: podrá realizar su petición propia si es
pariente de un niño que ha sido abusado por su cónyuge, ciudadano
norteamericano o residente permanente legítimo.Sus hijos (menores de 21 años y solteros), incluyendo aquellos que no
han sido abusados, podrán ser incluidos en su petición como beneficiarios
derivados, si no han registrado su petición propia.
Hijo: podrá registrar su petición propia si es un
hijo maltratado (menor de 21 años y soltero) si ha sido abusado por su padre,
ciudadano norteamericano o residente permanente legítimo.Sus hijos (menores de 21 años y solteros),
incluyendo aquellos que no han sido abusados, podrán ser incluidos en su
petición como beneficiarios derivados, si no han registrado su petición propia.
Hay
muchas leyes de inmigración que pueden resultar en la negación de esta visa
si no es preparada correctamente. Si la petición está echa
correctamente y profesionalmente por una firma calificada, las oportunidades
de que sea aprobada aumentan.
Petición propia del cónyuge:
Debe haber contraído matrimonio legal con un
ciudadano norteamericano o residente permanente legítimo violento.Una petición propia podrá registrarse si el matrimonio
ha finalizado por la muerte abusiva del cónyuge dentro de los dos años
anteriores al registro.La petición
propia también podrá registrarse si el matrimonio con un cónyuge violento ha
finalizado, dentro de los dos años anteriores al registro, por un divorcio
relacionado con la violencia.
Debe haber sido abusado en los Estados Unidos,
salvo que el cónyuge violento sea empleado del gobierno de los Estados Unidos o
integrante de servicios de los Estados Unidos.
Debe haber sido maltratado o sujeto de violencia
extrema durante el matrimonio, o debe ser padre de un niño que ha sido
maltratado o sujeto de violencia extrema por un cónyuge ciudadano de los
Estados Unidos o residente permanente legítimo, durante el matrimonio.
Se requiere que sea una persona con buena moral y
que haya contraído matrimonio de buena fe, y no solamente a fin de obtener los
beneficios migratorios.
Petición propia del hijo:
Debe calificar como hijo del abusador así como
la INA
(Ley de inmigración y
nacionalidad) define “hijo” para fines migratorios.Se considerará cualquier prueba que pruebe el
vínculo con el padre.
Hay
muchas leyes de inmigración que pueden resultar en la negación de esta visa
si no es preparada correctamente. Si la petición está echa
correctamente y profesionalmente por una firma calificada, las oportunidades
de que sea aprobada aumentan.
¿Qué es un proceso?
Nota de recibo: deberá recibir un
acuse de recibo o nota de recibo dentro de los días siguientes de haber enviado
la solicitud y la tasa a
la
Oficina
de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (BCIS).
Determinación prima facie: los
inmigrantes maltratados que registran una petición propia que pueden establecer
una “prima facie” son considerados “extranjeros calificados” con el fin de ser
elegibles para los beneficios públicos de
la Ley
de Responsabilidad de Inmigrantes Ilegales y
Reforma de Inmigración (IIRIRA).La BCIS
analiza cada petición
para determinar si el peticionante propio ha cumplido con cada uno de los
requisitos arriba mencionados, y si ha brindado alguna prueba.Esto podrá estar en alguna resolución que
determine cada requisito.Esto es
conocido como determinación prima facie.
Si
la BCIS
realiza una
determinación prima facie, el peticionante propio recibirá una notificación de
la determinación prima facie válida por 150 días.La notificación podrá presentarse ante las
oficinas locales y federales que brindan beneficios públicos.
Aprobación de la petición propia:
si la petición propia I-360 es aprobada,
la BCIS
podrá ejercer la opción administrativa de
ubicar al peticionante propio en acción diferida, si el peticionante no tiene
un estado inmigratorio legítimo en los Estados Unidos.Con la acción diferida
la BCIS
no iniciará un proceso
de remoción (deportación) en contra del peticionante propio.La resolución de la acción diferida es efectuada
por el Servicio Central de Vermont (VSC) y es resuelta en la mayoría de los
casos.La validez de la acción diferida
es de 27 meses para quienes la visa estuvo disponible en la fecha en que la
petición propia fue aprobada.Las
restantes tienen una validez de 24 meses a partir de la fecha en que el número
de visa esté disponible.El VSC tiene
autoridad para brindar una extensión apropiada de la acción diferida más allá
del término de recibo del pedido de extensión del peticionante propio.
Cambio a estado de residente
permanente: el peticionante propio que califica como familiar inmediato de un
ciudadano norteamericano (cónyuge e hijos solteros menores de 21 años) no deben
esperar a que el número de visa de inmigrante esté disponible.Podrán registrar la solicitud de registro de
residencia permanente o cambio de estado ante
la BCIS
local.Los peticionantes propios que requieren un
número de visa para el cambio, deberán esperar a que haya un número de visa
disponibleantes del registro del cambio
de estado.
Las víctimas de violencia doméstica
deben saber que pueden obtener ayuda de
la
Línea
Nacional
de Violencia Familiar en el
1-800-799-7233 ó 1-800-787-3224 (TDD) para información acerca de refugios, asistencia
médica, asistencia legal y otro tipo de asistencia, como información sobre la
petición propia para el estado de inmigración.
Hay
muchas leyes de inmigración que pueden resultar en la negación de esta visa
si no es preparada correctamente. Si la petición está echa
correctamente y profesionalmente por una firma calificada, las oportunidades
de que sea aprobada aumentan.
P.
¿Puede un hombre registrar una petición propia conforme
a
la Ley
de
Violencia Contra
la Mujer
?
R.Si bien las disposiciones de la petición
propia de víctimas de violencia familiar se encuentran en
la Ley
de Violencia Contra
la Mujer
, las mismas se aplican
a víctimas de ambos sexos de la misma forma.
¿Puede un cónyuge divorciado pedir ayuda a través
de la petición propia?
R.Los cambios reglamentarios, vigentes desde
octubre 28, 2000, incluyen a los matrimonios que han terminado (con ciertas
restricciones) dentro de los dos años anteriores a la fecha de registro.Un cónyuge maltratado que no tenga estas
restricciones podrá estar habilitado para cancelar la remoción.Para calificar, él o ella deberán reunir
otros requisitos que serán necesarios para la aprobación de una petición
propia, y deben haberse presentado físicamente en los Estados Unidos dentro de
los tres años anteriores al registro de la solicitud de la cancelación de
remoción.
Una petición
propia también será denegada si el peticionante propio contrae nuevas nupcias
antes o después del registro, y antes de que la petición propia sea
aprobada.El nuevo matrimonio contraído
después de la petición propia, no afectará la validez de la aprobación de la
petición propia I-360.
Hay
muchas leyes de inmigración que pueden resultar en la negación de esta visa
si no es preparada correctamente. Si la petición está echa
correctamente y profesionalmente por una firma calificada, las oportunidades
de que sea aprobada aumentan.